Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 22

En vigor desde 11 ene 1990
Las bibliotecas que forman parte del sistema de bibliotecas de Castilla y León están obligadas a participar en los programas cooperativos comunes, así como a recoger y enviar los datos bibliográficos y estadísticos que se les soliciten.
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eli/es-cl/l/1989/11/30/9#art-22

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