Título TÍTULO IV
Art. 32
En vigor desde 2 feb 2020
Son infracciones leves:
a) La presentación del plan cuatrienal de aprovechamiento fuera del plazo establecido pero dentro del primer semestre del año que corresponda.
b) La disponibilidad de la necesaria garantía financiera y/o del seguro de responsabilidad civil fuera del plazo establecido.
c) La inobservancia de los requerimientos formulados por la inspección minera o la demora en su atención, siempre que no se refirieran al cumplimiento de las condiciones dirigidas a garantizar la seguridad y evitar daños a las personas, bienes o medio ambiente.
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Proeli/es-ga/l/2019/12/23/8#art-32