Capítulo CAPÍTULO V

Art. 24

En vigor desde 4 ago 2007
1. Los recursos económicos del Instituto Catalán de la Salud están constituidos por: a) Las asignaciones con cargo a los presupuestos de la Generalidad. b) Los rendimientos procedentes de los bienes y derechos propios o que tenga adscritos. c) Los créditos y préstamos que le sean concedidos. d) Las subvenciones, donaciones y cualquier otra aportación voluntaria de entidades y particulares. e) La recaudación de tasas y el ingreso de precios públicos. f) Cualquier otro recurso que pueda serle atribuido expresamente. 2. En todos los casos, los precios y demás ingresos de derecho público derivados del ejercicio de las actividades del Instituto Catalán de la Salud quedan afectos al Instituto para el cumplimiento de sus fines.
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eli/es-ct/l/2007/07/30/8#art-24

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