Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Otros órganos
Art. 23
En vigor desde 2 jun 2000
Asimismo, los estatutos podrán regular comisiones u otros órganos de control con el objeto de verificar el funcionamiento de la entidad. En todo caso, no podrán formar parte de dichos órganos los componentes de la Junta Rectora o de otros órganos de gobierno o dirección.
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Proeli/es-vc/l/2000/05/29/7#art-23