Título TÍTULO II

Art. 12

En vigor desde 1 jun 2019
1. La actuación política del Principado de Asturias favorecerá el acceso del colectivo joven a la vivienda, a través de planes específicos y de programas de actuación que tendrán en cuenta la posible participación en los mismos de los órganos de participación juvenil. 2. En particular, se impulsarán medidas que faciliten el acceso de la juventud a una vivienda de manera que permita su autonomía y facilite su independencia mediante la puesta en funcionamiento de parques y ayudas al pago de vivienda en régimen de alquiler.
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eli/es-as/l/2019/03/29/6#art-12

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