Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 13
En vigor desde 14 jul 2018
1. Se crea el Registro Andaluz de Empresas Cinematográficas y de Producción Audiovisual como un registro administrativo adscrito a la Consejería competente en materia de cultura.
2. El Registro Andaluz de Empresas Cinematográficas y de Producción Audiovisual será público y su acceso se regirá por lo dispuesto en el artículo 13.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y por las normas de carácter reglamentario que lo desarrollen, que también determinarán su organización interna, el procedimiento de inscripción y de cancelación y el contenido de la inscripción, así como, en su caso, la publicidad de los datos que en él se recojan.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2018/07/09/6#art-13