Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 10

En vigor desde 14 jul 2018
Para facilitar la consecución de los fines correspondientes a su respectiva naturaleza en el ámbito de aplicación de esta ley, se promoverá la coordinación y colaboración de los órganos y entidades de la Administración de la Junta de Andalucía con otras entidades, asociaciones, operadores privados o instituciones.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2018/07/09/6#art-10

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil