Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 17

En vigor desde 27 mar 2003
1. La Generalitat establecerá y mantendrá un programa de incorporación de jóvenes y mujeres a las actividades relacionadas con la producción animal. 2. El programa incluirá las siguientes acciones: a) Medidas específicas de apoyo económico a la incorporación de los jóvenes y las mujeres. b) Previsión de su acceso prioritario a las medidas de fomento de la modernización de las explotaciones ganaderas. c) Promoción y desarrollo de actividades de formación teórico-práctica dirigidas a jóvenes y mujeres para su incorporación al sector pecuario.
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eli/es-vc/l/2003/03/04/6#art-17

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