Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección tercera. Contenido

Art. 554

-12

En vigor desde 1 jul 2006
1. Se aplican a los órganos de gobierno de la comunidad por turnos las normas que rigen los de la propiedad horizontal. 2. Se aplican las normas que rigen la propiedad horizontal en todo lo no regulado por el presente capítulo, de acuerdo con la naturaleza específica de la comunidad por turnos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2006/05/10/5#art-554-11

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil