Capítulo CAPÍTULO I
Art. 5
En vigor desde 13 dic 1998
Los educadores de los centros homologados de adiestramiento, cuando realicen ejercicios de adiestramiento previo, de adaptación final individual o reeducación de perros guía serán sujetos de los mismos derechos y obligaciones que los establecidos para las personas con deficiencia visual en la presente Ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/1998/11/23/5#art-5