Capítulo CAPÍTULO SEXTO
Art. 26
En vigor desde 6 jul 2018
El departamento competente en materia de formación profesional del sistema educativo del País Vasco promoverá la cooperación con otras regiones o países en los procesos de diseño e implantación de sus sistemas de formación profesional, aportando el conocimiento y experiencia existente en el País Vasco.
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Proeli/es-pv/l/2018/06/28/4#art-26