Capítulo CAPÍTULO II

Art. 9

En vigor desde 29 ene 2015
1. Las administraciones con competencias en materia de educación ambiental promoverán programas y acciones específicas encaminadas a difundir los valores paisajísticos de Cantabria. 2. La Estrategia Cántabra de Educación Ambiental adoptará el paisaje como uno de sus ejes básicos.
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eli/es-cb/l/2014/12/22/4#art-9

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