Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO 3›Secc. Sección III. Buenas prácticas para las intervenciones en las infraestructuras
Art. 29
En vigor desde 15 abr 2011
De acuerdo con el Plan Regional de Carreteras de Castilla y León, se han de considerar los siguientes aspectos medioambientales:
a. Aquellos tramos de vías que queden abandonados o sustituidos acogerán actuaciones de reforestación.
b. Se fomentarán medidas que reduzcan la utilización de recursos naturales, mediante el empleo en las unidades de obra de áridos y otros productos procedentes de valorización de residuos de construcción y demolición.
c. Se fomentará la reutilización de los materiales de la propia carretera mediante el empleo de técnicas de reciclado de firmes y se procurará el uso de betún mejorado con polvo de neumáticos fuera de uso.
d. En todos los casos, y especialmente cuando exista riesgo de erosión o desprendimiento, se revegetarán los taludes y terraplenes de todas aquellas vías de comunicación de nueva construcción y se consolidarán los existentes en vías de viejo trazado.
e. Por el alto valor geológico de la Montaña Cantábrica y la existencia de yacimientos paleontológicos, y ante la eventualidad de la existencia de alguno de ellos en tramos de carretera, se procederá a la identificación de los más significativos y a su señalización como punto de interés visitable, con la adecuación en su caso de zona de aparcamiento seguro.
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Proeli/es-cl/l/2011/03/29/4#art-29