Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO 3›Secc. Sección I. Infraestructuras de transporte
Art. 25
En vigor desde 15 abr 2011
El fomento de las infraestructuras y los servicios de telecomunicaciones resulta clave para el desarrollo de la Montaña Cantábrica Central. Las administraciones públicas dirigirán sus esfuerzos a la consecución de los siguientes objetivos:
a. Fomento y creación de infraestructuras de acceso local, de tránsito y comunicaciones móviles.
b. Desarrollo eficaz de los distritos de telecomunicaciones previstos.
c. Desarrollo de sistemas inalámbricos de conexión a internet.
d. Formación en el ámbito empresarial, institucional, así como de todos los sectores de población en las tecnologías de la sociedad de la información, para eliminar la brecha digital por razón de edad, de género y de lugar de residencia.
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Proeli/es-cl/l/2011/03/29/4#art-25