Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 14
En vigor desde 26 abr 2006
1. La estructura del presupuesto del Instituto de Estudios Riojanos, en cuanto a la clasificación de los ingresos y de los gastos y el grado de detalle de los mismos, habrá de adecuarse a las normas y reglas establecidas para los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de los que formará parte.
2. El procedimiento de elaboración del presupuesto anual del Instituto de Estudios Riojanos, aprobación, ejecución, liquidación y demás cuestiones referentes al mismo se regirá por las disposiciones vigentes en materia presupuestaria para la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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Proeli/es-ri/l/2006/04/19/4#art-14