Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 26 abr 2006
Hasta que se efectúe la dotación de recursos humanos suficientes, la Consejería competente en materia de cultura dará el apoyo necesario a la gestión ordinaria del IER.
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eli/es-ri/l/2006/04/19/4#disposicion-transitoria-primera

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