Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 45
En vigor desde 12 jul 2007
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia incluirá a los beneficiarios de la Ley de Renta Básica de Inserción entre las poblaciones de atención prioritaria de los planes de empleo y formación ocupacional, salud, servicios sociales, compensación educativa, educación de personas adultas y vivienda, en la forma que reglamentariamente se determine.
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Proeli/es-mc/l/2007/03/16/3#art-45