Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 76
En vigor desde 29 ago 2024
Las administraciones públicas vascas competentes en materia de actividad física y deporte, así como las asociaciones y federaciones deportivas:
a) Velarán por que se respete el derecho de las personas menores a decidir voluntariamente si desean o no participar en deportes de competición.
b) Garantizarán que los métodos y planes de entrenamiento, en el caso del deporte de competición, respeten las capacidades personales de las personas menores, así como sus necesidades educativas y sus necesidades sociales, familiares y relacionales.
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Proeli/es-pv/l/2024/02/15/2#art-76