Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VIII

Art. 76

En vigor desde 29 ago 2024
Las administraciones públicas vascas competentes en materia de actividad física y deporte, así como las asociaciones y federaciones deportivas: a) Velarán por que se respete el derecho de las personas menores a decidir voluntariamente si desean o no participar en deportes de competición. b) Garantizarán que los métodos y planes de entrenamiento, en el caso del deporte de competición, respeten las capacidades personales de las personas menores, así como sus necesidades educativas y sus necesidades sociales, familiares y relacionales.
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eli/es-pv/l/2024/02/15/2#art-76

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