Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 37
En vigor desde 15 ene 2008
Conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la RTVA y sus sociedades filiales rendirán cuentas de sus operaciones al Parlamento de Andalucía, al Tribunal de Cuentas y a la Cámara de Cuentas de Andalucía.
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Proeli/es-an/l/2007/12/17/18#art-37