Capítulo CAPÍTULO III
Art. 11
En vigor desde 7 may 2003
1. El Comité Ejecutivo es el órgano permanente de gestión, administración y propuesta de la Cámara y se compone de un máximo de veinticuatro miembros. Está formado por el presidente, de uno a tres vicepresidentes, el tesorero y un máximo de diecinueve vocales, elegidos por el Pleno, de acuerdo con el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara respectiva, coincidiendo su mandato con el que tengan como miembros del Pleno.
2. Corresponden al Comité Ejecutivo las funciones siguientes:
a) Ejecutar y dirigir las actividades de la Cámara, necesarias para ejercer y desarrollar las funciones que ésta tiene atribuidas legalmente.
b) La gestión y la administración ordinarias de la Cámara; la inspección de la contabilidad, sin perjuicio de las facultades del tesorero, y los acuerdos en materia de ordenación de cobros y pagos.
c) Elaborar el anteproyecto del Reglamento de Régimen Interior y de sus modificaciones, y proponer al Pleno su aprobación, así como el anteproyecto de los presupuestos ordinarios y extraordinarios y sus liquidaciones y de las cuentas anuales.
d) Proponer al Pleno, a iniciativa del presidente, el nombramiento de representantes de la Cámara en el Consejo General de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Canarias y en todo tipo de organismos y de entidades públicas y privadas.
e) Proponer al Pleno el nombramiento o el cese del secretario general; de la dirección o gerencia u otros cargos de alta dirección, si procede; de los vocales asesores, y de los miembros de las delegaciones insulares.
f) Tomar los acuerdos en materia de personal no conferidos al Pleno.
g) En casos de urgencia, ejercer funciones del Pleno y tomar decisiones sobre materias atribuidas al Pleno. En todo caso, debe darle cuenta de las mismas en la primera sesión que celebre.
h) Aquellas otras atribuidas por la presente Ley, sus normas de desarrollo y del Reglamento de Régimen Interior, así como las que no estén expresamente encomendadas a otros órganos de gobierno.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/2003/04/11/18#art-11