Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 19

En vigor desde 4 dic 1990
A los efectos de la presente Ley, los museos se clasificarán en: a) Museos nacionales. b) Museos de interés nacional. c) Museos comarcales y locales. d) Museos monográficos. e) Otros museos.
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eli/es-ct/l/1990/11/02/17#art-19

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