Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Relación de servicios y centros asistenciales
Art. 24
En vigor desde 27 may 2003
Los servicios y centros que integran el sistema asistencial se clasifican en:
1. Dispositivos de Emergencia para Mujeres Agredidas (DEMA).
2. Centros de Acogida Inmediata (CAI).
3. Casas de Acogida (CA).
4. Pisos Tutelados (PT).
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Proeli/es-cn/l/2003/04/08/16#art-24