Art. 24
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Relación de servicios y centros asistenciales

Art. 24

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En vigor desde 27 may 2003
Los servicios y centros que integran el sistema asistencial se clasifican en: 1. Dispositivos de Emergencia para Mujeres Agredidas (DEMA). 2. Centros de Acogida Inmediata (CAI). 3. Casas de Acogida (CA). 4. Pisos Tutelados (PT).
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