Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 71

En vigor desde 15 jul 1998
El Centro de Perfeccionamiento Técnico es un servicio administrativo del Gobierno Vasco, adscrito al Departamento competente en materia de deportes, a quien se atribuye el asesoramiento, evaluación y control integral de los deportistas federados, en especial de deportistas de alto nivel. Los cometidos específicos del centro se determinarán y desarrollarán reglamentariamente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/l/1998/06/11/14#art-71

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil