Art. 71
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 71

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En vigor desde 15 jul 1998
El Centro de Perfeccionamiento Técnico es un servicio administrativo del Gobierno Vasco, adscrito al Departamento competente en materia de deportes, a quien se atribuye el asesoramiento, evaluación y control integral de los deportistas federados, en especial de deportistas de alto nivel. Los cometidos específicos del centro se determinarán y desarrollarán reglamentariamente.
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eli/es-pv/l/1998/06/11/14#art-71