Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.a Tasa sobre la venta de bienes

Art. 39

En vigor desde 14 dic 1991
Es sujeto pasivo de la tasa sobre la venta de bienes la persona natural o jurídica y, en su caso, los entes mencionados en el artículo 30.2 solicitantes del bien en cuestión y en cuyo beneficio se hace la entrega.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/1991/12/09/13#art-39

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil