Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 11
En vigor desde 17 jun 2010
Los órganos de gobierno del Consejo de Gobiernos Locales son los siguientes:
a) El Pleno.
b) La presidencia.
c) Las vicepresidencias.
d) La secretaría.
e) La Comisión Permanente.
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Proeli/es-ct/l/2010/05/19/12#art-11