Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Órganos consultivos y de coordinación
Art. 30
En vigor desde 23 feb 2008
1. La Comisión Interdepartamental de Cooperación Internacional para el Desarrollo es el órgano de coordinación técnica, de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en materia de cooperación para el desarrollo.
2. El objetivo de esta Comisión es coordinar y dar coherencia y complementariedad a las actuaciones que lleve a cabo la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo.
3. Esta Comisión se adscribe a la Consejería competente en materia de cooperación internacional para el desarrollo, a cuyo titular le corresponde la presidencia.
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Proeli/es-mc/l/2007/12/27/12#art-30