Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 103
En vigor desde 16 dic 2009
Se entiende por transformación de los productos pesqueros el conjunto de operaciones que modifican las características físicas o químicas de los productos, con el objetivo de prepararlos para su comercialización.
La transformación de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura comprende las operaciones de preparación, tratamiento y conservación.
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Proeli/es-ga/l/2008/12/03/11#art-103