Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Responsabilidad social
Art. 14
En vigor desde 26 oct 2013
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con el fin de fomentar la competitividad y el liderazgo empresarial, impulsará las acciones necesarias para que el desarrollo de las actividades de los autónomos y emprendedores riojanos se realice de acuerdo con los principios establecidos en la «Estrategia renovada de la Unión Europea 2011-2014 sobre la responsabilidad social de las empresas» o en el documento o instrumento que la sustituya.
2. En este marco se fomentará la implantación de actividades, planes y programas de responsabilidad social en el desarrollo de los proyectos empresariales, a fin de mejorar la gestión, identificar nuevas ideas de negocio y minimizar los riesgos ambientales y sociales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2013/10/21/10#art-14