Art. 14
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Responsabilidad social

Art. 14

14 / 29
En vigor desde 26 oct 2013
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con el fin de fomentar la competitividad y el liderazgo empresarial, impulsará las acciones necesarias para que el desarrollo de las actividades de los autónomos y emprendedores riojanos se realice de acuerdo con los principios establecidos en la «Estrategia renovada de la Unión Europea 2011-2014 sobre la responsabilidad social de las empresas» o en el documento o instrumento que la sustituya. 2. En este marco se fomentará la implantación de actividades, planes y programas de responsabilidad social en el desarrollo de los proyectos empresariales, a fin de mejorar la gestión, identificar nuevas ideas de negocio y minimizar los riesgos ambientales y sociales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2013/10/21/10#art-14