Libro LIBRO QUINTOCapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional única

En vigor desde 21 mar 2014
Las referencias a la Ley 14/1990, de 28 de noviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León, previstas en la disposición adicional tercera de la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León, se entenderán realizadas al Título II del Libro Segundo de la presente ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2014/03/19/1#disposicion-adicional-unica

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil