Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VII›Secc. Sección 6.ª Tasa por permiso de caza en reservas regionales y cotos gestionados directamente por la administración
Art. 131
En vigor desde 27 jun 1998
Constituye el hecho imponible de la tasa el otorgamiento de permisos para cazar en Reservas Regionales de Caza y Cotos Regionales gestionados por la Administración del Principado de Asturias.
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Proeli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-131