Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VIISecc. Sección 5.ª Tasa por expedición de licencias de caza y matrículas de cotos de caza

Art. 130

En vigor desde 8 jul 2016
La tasa se exigirá conforme a los contenidos en las siguientes tarifas: Tarifa 1. Licencias de caza: Clase A1 para cazar con armas de fuego (validez de un año): 3.500 pesetas. Clase A2 para cazar con armas de fuego (validez de cinco años): 15.311 pesetas. Clase B1 para cazar con otros medios o procedimiento distintos a armas de fuego (validez de un año): 24,65 €. Clase B2: para cazar con otros medios o procedimientos distintos a armas de fuego (validez 5 años): 107,75 €. Licencia interautonómica, 70,00 €. Tarifa 2. Matrículas de cotos: a) Matrículas de cotos de caza mayor: La tarifa estará constituida por un importe equivalente al 15 por 100 de la renta del coto de caza, evaluada mediante el inventario estimado de las especies y el número de cabezas de cada una de ellas, en 53 pesetas por hectárea y año para los cotos de caza de segunda clase, y 477 pesetas por hectárea y año para los cotos de caza de tercera clase. A los efectos del párrafo anterior, se considerarán cotos de caza de: Primera clase: Los de caza mayor con una cabeza por cada 100 hectáreas o inferior. Segunda clase: Los de caza mayor con más de una y hasta tres cabezas por cada 100 hectáreas. Tercera clase: Los de caza mayor con más de tres cabezas por cada 100 hectáreas. b) Matrículas de cotos de caza menor: La tarifa estará constituida por un importe equivalente al 15 por 100 de la renta cinegética, evaluada a razón de 42,40 ptas. por hectárea y año, con independencia del número de piezas. Para los cotos privados de caza menor de menos de 500 hectáreas de superficie, el valor asignable a la renta cinegética para toda la extensión, cualquiera que sea ésta, no podrá ser inferior a 20.000 pesetas. Se modifica la tarifa 1 por el .1 de la Ley 2/2016, de 1 de julio. Ref. BOE-A-2016-7567 . Se modifica la tarifa 1 por el .13 de la Ley 7/2005, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2006-6252 . Se modifica la tarifa 1 por el .13 de la Ley 18/1999, de 31 de diciembre. Ref. BOE-A-2000-3764 .

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eli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-130

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