Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 51

En vigor desde 14 jun 2008
Las personas funcionarias pueden estar en alguna de las siguientes situaciones: a) Servicio activo. b) Servicios especiales. c) Servicios en otras administraciones públicas. d) Excedencia voluntaria. e) Excedencia forzosa. f) Suspensión de funciones. g) Expectativa de destino. h) Excedencia forzosa aplicable a funcionarias y funcionarios en expectativa de destino. i) Excedencia voluntaria incentivada. j) Excedencia por razón de violencia sobre la mujer funcionaria.
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eli/es-ga/dlg/2008/03/13/1#art-51

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