Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 48

En vigor desde 14 jun 2008
La condición de funcionaria o funcionario se pierde por alguna de las causas siguientes: 1. Renuncia expresa, que no inhabilita para nuevo ingreso en la función pública. 2. Separación del servicio, por resolución firme recaída en expediente disciplinario o inhabilitación absoluta o especial para cargo público acordada como pena principal o accesoria en sentencia judicial de carácter definitivo. 3. Pérdida de la nacionalidad española, teniendo en cuenta, no obstante, la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de la población nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea. 4. Jubilación forzosa o voluntaria.
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eli/es-ga/dlg/2008/03/13/1#art-48

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