Capítulo CAPÍTULO I
Art. Norma 14
En vigor desde 1 ene 2023
Los gastos que el miembro responsable de la posición deba abonar a la Sociedad por la gestión de incidencias en la liquidación, no se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias cuando la Sociedad tenga derecho a su repercusión. Las penalizaciones a las que, en su caso, la Sociedad tenga derecho por dichas incidencias en la liquidación se registrarán como ingreso en el correspondiente epígrafe de la cuenta de pérdidas y ganancias.
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Proeli/es/cir/2022/12/22/4#norma-14