Art. 13

En vigor desde 5 feb 2008
Artículo 13 1.   Cuando la Comisión decida, de conformidad con el procedimiento mencionado en el artículo 42, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1255/1999, comenzar a comprar mantequilla a través de una licitación abierta permanente según el artículo 6, apartado 1, párrafo tercero, de dicho Reglamento, serán de aplicación el artículo 2, el artículo 3, apartados 1, 2 y 4 a 6, y los artículos 4, 5, 9, 10 y 11 del presente Reglamento, a menos que se disponga lo contrario en esta sección. 2.   Se publicará un anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea. 3.   El plazo para la presentación de las ofertas en respuesta a cada una de las licitaciones específicas vencerá a las 11.00 horas (hora de Bruselas) el tercer martes de cada mes. No obstante, en agosto vencerá a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del cuarto martes. Si el martes coincide con un día festivo, el plazo vencerá a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del día hábil anterior.
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