Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 17

En vigor desde 23 nov 2014
De acuerdo con el artículo 73 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el órgano competente podrá acumular los procedimientos de reconocimiento de una organización o asociación de organizaciones de productores y/o de establecimiento de una circunscripción económica y/o de establecimiento de una extensión de normas, en un único acto administrativo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2014/11/21/969#art-17

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil