Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 17
17 / 31En vigor desde 23 nov 2014
De acuerdo con el artículo 73 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el órgano competente podrá acumular los procedimientos de reconocimiento de una organización o asociación de organizaciones de productores y/o de establecimiento de una circunscripción económica y/o de establecimiento de una extensión de normas, en un único acto administrativo.
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Proeli/es/rd/2014/11/21/969#art-17