Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Reconocimiento del carácter estratégico de los proyectos de cero emisiones netas

Art. 13

En vigor desde 24 oct 2026
En cumplimiento del artículo 15.2 del Reglamento (UE) 2024/1735 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, la declaración de un proyecto como «proyecto estratégico de tecnologías de cero emisiones netas» acreditará la concurrencia de razones de interés público a todos los efectos previstos en la normativa estatal y conllevará la aplicación de la tramitación de urgencia a todos los procedimientos administrativos previstos en la normativa estatal de concesión de autorizaciones para el proyecto, de acuerdo con el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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eli/es/rd/2026/10/21/845#art-13

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