Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 87
En vigor desde 14 abr 1978
En materia de procedimiento, en todo lo no previsto en los artículos precedentes será de aplicación el Decreto 1408/1966, de 2 de junio, de adaptación de la Ley de Procedimiento Administrativo a los Departamentos Militares.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1978/02/10/689#art-87