Art. 87
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 87

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En vigor desde 14 abr 1978
En materia de procedimiento, en todo lo no previsto en los artículos precedentes será de aplicación el Decreto 1408/1966, de 2 de junio, de adaptación de la Ley de Procedimiento Administrativo a los Departamentos Militares.
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eli/es/rd/1978/02/10/689#art-87