Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

En vigor desde 11 jul 2023
Para el cumplimiento de los fines esenciales descritos en el artículo 3, el Consejo General ejercerá las funciones de ordenación, representación, coordinación, organización y de carácter general, que se determinan en este capítulo.
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eli/es/rd/2023/06/20/531#art-6

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