Art. 19

En vigor desde 24 ene 2004
Los profesores contratados doctores y los profesores colaboradores que presten sus servicios en la UNED serán retribuidos por los conceptos de sueldo, pagas extraordinarias, complemento de puesto y complemento de función. Además, los contratados con carácter indefinido serán retribuidos por el concepto de antigüedad.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2004/01/19/50#art-19

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil