Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 5.ª Cosecha en verde
Art. 78
En vigor desde 14 ene 2018
1. Solo podrán acogerse a la ayuda a la cosecha en verde las solicitudes de parcelas completas que se destinen a la producción de uva para vinificación. Las solicitudes se realizarán por una superficie mínima igual o superior a 0,3 hectáreas.
2. No podrá recibir ayuda a la cosecha en verde una misma superficie en dos campañas consecutivas, ni parcelas de viñedo plantadas en las tres campañas anteriores a aquélla en la que se solicita la ayuda para la cosecha en verde.
3. La cosecha en verde podrá realizarse de forma manual, mecánica y química.
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Proeli/es/rd/2018/01/12/5#art-78