Capítulo CAPÍTULO II
Art. 5
En vigor desde 30 dic 2012
1. La composición del Consejo Rector es la siguiente:
a) Presidente: El Director General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa.
b) Vicepresidente: El Director del Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo (CEHIPAR), que sustituirá al Presidente, en caso de ausencia, vacante o enfermedad.
c) Vocales:
1.º El Subdirector General de Tecnología e Innovación de la Dirección General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa.
2.º Un representante del Ministerio de Economía y Competitividad, con categoría, al menos, de Subdirector General, nombrado por el Ministro de este Departamento.
3.º El Director de Construcciones Navales Militares de la Jefatura de Apoyo Logístico de la Armada.
4.º El Director de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Navales de la Universidad Politécnica de Madrid (UPM).
5.º El Director del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) del Ministerio de Fomento.
6.º Un representante de la Dirección General de Presupuestos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con categoría, al menos, de subdirector general, nombrado por el Ministro de este departamento.
7.º El Director General de la Unión Española de Constructores Navales (UNINAVE).
d) Secretario: El Secretario General del CEHIPAR, con voz pero sin voto.
2. El Presidente del Consejo Rector podrá convocar a sus sesiones a otras personas del Canal o ajenas al mismo, en atención a su competencia profesional, con voz y sin voto, por asuntos relacionados con el orden del día.
Se modifica el apartado 1 por el del Real Decreto 1656/2012, de 7 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-15698 . Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 1636/2009, de 30 de octubre. Ref. BOE-A-2009-17891 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1995/03/24/451#art-5