Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Condiciones de accesibilidad específicas de los procesos electorales cuya gestión competa a la Administración General del Estado
Art. 10
En vigor desde 19 abr 2011
1. Las campañas de carácter institucional a las que se refiere el artículo 50.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, y que la Administración General del Estado difunda en soporte audiovisual utilizarán los servicios de subtitulado, de audio descripción, así como de emisión o interpretación en la lengua de signos española o, en su caso, en las lenguas de signos propias de las comunidades autónomas.
2. Los servicios de atención telefónica que, en su caso, la Administración General del Estado ponga en marcha serán accesibles para todas las personas con discapacidad, en especial se atenderán las necesidades de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
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Proeli/es/rd/2011/03/25/422#art-10