Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 25 abr 2006
A efectos de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 53.2.d) del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, en el acceso a la información catastral por los Colegios de Abogados para el ejercicio de las funciones públicas recogidas en el Capítulo II de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, se entenderá que la Administración de la que dependen dichos Colegios es la correspondiente Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2006/04/07/417#disposicion-adicional-tercera