Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección segunda. Condiciones y requisitos que deben reunir los aspirantes

Art. Artículo siete

En vigor desde 2 ago 1979
Para ser admitido a las pruebas selectivas previas al ingreso será preciso cumplir los siguientes requisitos: a) Nacionalidad española. b) Edad comprendida entre los dieciocho y treinta años, cumplidos en la fecha de la convocatoria. c) Estar en posesión del titulo de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. Se modifica por el art. único del Real Decreto 1698/1979, de 29 de junio. Ref. BOE-A-1979-16701

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eli/es/rd/1977/09/23/2434#articulo-siete

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